Miembros del gobierno electo de Uruguay, el cual comenzará a ejercer sus funciones el próximo primero de marzo, anunciaron su intención de presentar un proyecto de ley que contiene el controvertido “derecho al olvido”. Esta incorporación, que supone un riesgo para la libertad de expresión, es la razón por la cual un conjunto de organizaciones de derechos humanos solicitamos la remoción del artículo que la contiene y la apertura del debate.
El anteproyecto recibe el nombre de Ley de Urgente Consideración y busca regular una gran variedad de temas. En su artículo 214 incorpora una variedad de derechos relacionados al ámbito de las telecomunicaciones y a Internet. Esta disposición recibió varias críticas pero es especialmente preocupante el inciso G el cual dispone: “Derecho al olvido en búsquedas de Internet, en servicios de redes sociales y medios digitales equivalentes. Toda persona tiene derecho a que los motores de búsqueda en Internet eliminen los enlaces publicados que contuvieran información relativa a esa persona cuando fuesen inadecuados, inexactos, no actualizados o excesivos, teniendo en cuenta los fines para los que se recogieron, el tiempo transcurrido, la naturaleza y el interés público. Asimismo, toda persona tiene derecho a que sean suprimidos, a su simple solicitud, los datos personales que le conciernan, que hubiesen sido facilitados por él o por terceros, para su publicación por servicios de redes sociales y servicios equivalentes.”
La redacción del artículo junto con la posibilidad de solicitar la eliminación de contenidos en línea puede derivar en un uso abusivo que afecte gravemente a la libertad de expresión.
Cuáles son los riesgos
Este derecho surgió de una mala interpretación de un controvertido fallo de la Corte de la Unión Europea en el caso Costeja vs Google. La problemática principal gira entorno al equilibrio que debe haber entre el derecho a la protección de los datos personales y la libertad de expresión.
Los puntos de la norma propuesta en Uruguay que vemos con mayor preocupación son los siguientes:
- Las empresas privadas, como los motores de búsqueda y las redes sociales, deberán ante un simple pedido de eliminación hacer una evaluación de impacto sobre derechos humanos fundamentales. En un sistema democrático esta función corresponde al Poder Judicial, cuyos miembros están capacitados para hacer este balance de derechos.
- Afecta al derecho de acceso a la información si es aplicado de forma abusiva o se interpreta erróneamente. En la región tenemos muchos casos de información de interés público que ha sido removida basándose en la protección de los datos personales.
- No establece mecanismos de protección para la libertad de expresión. Los riesgos para este derecho son mayores que los supuestos beneficios que podría traer a la protección de los datos personales.
- Uruguay no cuenta con un marco de protección de datos personales ajustado a los estándares modernos, lo cual puede derivar en interpretaciones erróneas y arbitrarias.
Tanto desde la perspectiva de la protección de datos personales como de la libertad de expresión, en Access Now siempre nos hemos opuesto a la creación de este derecho. Para mayor información sobre el Derecho al Olvido y su impacto en los derechos humanos, Access Now, elaboró el siguiente documento de posición.
Nuestro pedido
El anteproyecto contempla cuestiones muy relevantes que ameritan regulación. Sin embargo, dada la complejidad de estas temáticas, es necesario que en su proceso de elaboración se involucren todas las partes interesadas de forma tal que el resultado beneficie a todos los ciudadanos y ciudadanas. Por ello, junto al Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo), OBSERVACOM (Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia) y otras organizaciones locales y regionales, presentamos la siguiente carta a los fines de solicitar la remoción del artículo 214 y la apertura del debate.
COMUNICADO
Organizaciones solicitan retiro del art. 214 sobre regulación de Internet del anteproyecto de Ley de Urgente Consideración (LUC) de Uruguay
30 enero, 2020
Las organizaciones abajo firmantes solicitamos sea retirado el artículo 214, que incluye varias disposiciones referidas al reconocimiento de ciertos derechos en las telecomunicaciones e Internet, del texto del anteproyecto de Ley de Urgente Consideración que se ha hecho público en los últimos días por representantes del gobierno electo de Uruguay.
Debido a su importancia, pero también a su complejidad, queremos proponerles posterguen su tratamiento dentro de otro proceso legislativo que permita mayores tiempos de información y análisis, a la vez que un debate robusto con participación de múltiples partes interesadas.
La redacción actual del artículo incluye aspectos tan importantes como sensibles como la regulación de ciertos derechos en Internet y el pleno ejercicio de derechos, debate que creemos necesario pero donde existen serios riesgos de afectar la libertad de expresión y de violar, por parte del Estado uruguayo, estándares internacionales de derechos humanos.
En particular, resulta preocupante el contenido del literal G del artículo mencionado, que incluye el reconocimiento del denominado “derecho al olvido” en las “búsquedas de Internet, en servicios de redes sociales y medios digitales equivalentes”.
La iniciativa de crear un nuevo derecho, expresado además de manera tan amplia y vaga, afectaría gravemente la libertad de expresión, tal cual fuera expresado en comunicado publicado el 24 de enero por Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) y OBSERVACOM (Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia), recordando posicionamiento y recomendaciones de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el tema.
En caso de considerar positivamente nuestro pedido, los firmantes nos comprometemos a participar de manera constructiva en las consultas y espacios que sean habilitados para analizar estos temas, y a presentar insumos y propuestas que pudieran ser útiles para su consideración.
Firman (en actualización permanente):
CAinfo (Uruguay)
DATA.uy (Uruguay)
Creative Commons (Uruguay)
OBSERVACOM (Regional)
Access Now (Internacional)
Derechos Digitales (Regional)
Intervozes (Brasil)
Artículo 19 (México y Centroamérica)
Hiperderecho (Perú)
Usuarios Digitales (Ecuador)
ADC (Argentina)
Fundación Internet Bolivia
Fundación Huaira (Ecuador)